guía práctica y requisitos
Montar una peluquería canina es una buena oportunidad de negocio. El sector del cuidado y bienestar animal está en pleno auge, y cada vez más personas buscan servicios profesionales de higiene y estética para sus mascotas. No obstante, antes de abrir las puertas de tu centro, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos legales, técnicos y sanitarios, especialmente en lo relativo a control de plagas y sanidad ambiental.
En este post encontrarás una guía paso a paso sobre como abrir una peluquería canina en Madrid, un glosario básico de términos del sector y aclaraciones sobre la normativa sanitaria vigente, basada en el Protocolo de Condiciones Técnico-Sanitarias de los Establecimientos de Venta y Peluquerías de Animales Domésticos de la Comunidad de Madrid.Guía práctica para abrir una peluquería canina
Abrir una peluquería canina implica combinar la pasión por los animales con una correcta gestión empresarial y el cumplimiento de la normativa. A continuación, los pasos fundamentales:
1. Planificación del negocio. Define el tipo de servicio: baño, corte, stripping, tratamientos dermatológicos, recogida a domicilio, etc. Es recomendable elaborar un plan de empresa con estudio de mercado, inversión inicial y rentabilidad estimada. 2. Elección del local. El espacio para tu negocio, debe cumplir las condiciones técnico-sanitarias exigidas por Sanidad y Urbanismo:- Suelos, paredes y techos impermeables y de fácil limpieza.
- Ventilación natural o forzada e iluminación adecuada.
- Zona de espera, sala de tratamiento higiénico y cuarto de basuras independiente.
- Disponibilidad de agua fría y caliente y conexión al alcantarillado público.
- Materiales que garanticen la higiene, desinfección y seguridad animal.
- Estas condiciones están recogidas en el Protocolo de Condiciones Técnico-Sanitarias de la Comunidad de Madrid (Decreto 44/1991 y RD 486/1997). 3. Trámites legales y licencias
- Licencia de actividad o declaración responsable en el ayuntamiento.
- Alta en Hacienda y Seguridad Social.
- Inscripción en el Registro de Actividades Económico-Pecuarias (Decreto 176/1997).
- Certificado sanitario de control de plagas, emitido por una empresa registrada en Sanidad Ambiental (requisito imprescindible para la apertura).
- Centro de tratamiento higiénico: establecimiento destinado a la higiene de animales domésticos.
- ECLU: Entidad Colaboradora en la Gestión de Licencias Urbanísticas.
- LPAD: Ley de Protección de los Animales Domésticos.
- Registro de Actividades Económico-Pecuarias: base de datos donde se inscriben los centros de venta o tratamiento animal.
- Certificado sanitario de control de plagas: documento que acredita que el establecimiento está libre de plagas y cumple con las condiciones de sanidad ambiental.
- Ley 1/1990, de protección de animales domésticos.
- Decreto 44/1991, sobre condiciones higiénico-sanitarias.
- Decreto 176/1997, sobre el Registro de Actividades Económico-Pecuarias.
- RD 486/1997, sobre seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Ordenanza de limpieza y residuos de 2009 (OLEP).
Este es uno de los requisitos más importantes y, a menudo, desconocido por muchos emprendedores. Toda peluquería canina —al igual que clínicas veterinarias o establecimientos de venta de animales— debe disponer de un certificado de control de plagas vigente, expedido por una empresa autorizada en Sanidad Ambiental. Este documento acredita que el local está libre de presencia de insectos, roedores u otros organismos nocivos que puedan comprometer la higiene del establecimiento o la salud de los animales tratados.
Además, Sanidad puede requerir inspecciones periódicas para verificar la eficacia del programa de control. Por eso, contar con una empresa especializada no solo facilita la apertura, sino que garantiza el cumplimiento continuo de la normativa sanitaria. 👉 Nuestra empresa está autorizada por la Comunidad de Madrid para emitir este tipo de certificados oficiales de control de plagas, necesarios para la obtención de la licencia sanitaria y la apertura de peluquerías caninas. 5. Técnicos cualificadosAunque no existe una titulación obligatoria para ejercer como peluquero canino, sí se recomienda formación en estética y comportamiento animal, así como en protocolos de limpieza, desinfección y bioseguridad.
Vocabulario
¿Es rentable una peluquería canina?
Sí, según varios estudios económicos, una peluquería canina puede ser muy rentable, especialmente si se combina con servicios complementarios como venta de productos, guardería o adiestramiento. La inversión inicial puede oscilar entre 15.000 y 25.000 euros, dependiendo del tamaño del local y los equipos. Los márgenes de beneficio suelen ser altos, con clientela recurrente y gastos operativos moderados. Sin embargo, el cumplimiento sanitario y la imagen del negocio son claves para atraer clientes y evitar sanciones. Por ello, invertir en control de plagas, limpieza profesional y protocolos de higiene no es un gasto, sino una inversión en reputación y seguridad.
Normativa peluquería canina Madrid
¿Qué normativa regula las peluquerías caninas? En la Comunidad de Madrid, estas actividades se rigen por:
Peluquería canina en Madrid
Emprender y abrir una peluquería canina, es una oportunidad excelente de negocio, pero requiere que cumplas estrictamente con la normativa sanitaria. El certificado de control de plagas es un requisito imprescindible para obtener la licencia de apertura, y su ausencia puede retrasar o incluso impedir la autorización de la actividad. Contar con una empresa especializada en sanidad ambiental y control de plagas garantiza que tu negocio cumpla todos los requisitos desde el primer día. 💡 Si estás preparando la apertura de tu peluquería canina, contacta con un proveedor autorizado de control de plagas que pueda emitir el certificado oficial para Sanidad. Es el primer paso para abrir con éxito… ¡y con total tranquilidad!



